Seguro Para Tu Restaurante

Para Proteger Tu Negocio

​Con coberturas que afecten los daños al establecimiento o su contenido en caso de incendio, explosión, eventos de la naturaleza, Inundaciones, Rotura de Estanques Matrices, Rotura de Cañerías, Spinklers.

Para Hacerlo Crecer en Forma Confiada

​Con coberturas para daños materiales por descomposición de productos en frigoríficos, responsabilidad civil para Alimentos y bebidas, Propietarios de Inmuebles, Responsabilidad Civil de Empresas y cobertura exclusiva de responsabilidad civil para guardarropía entre otras

Para Contar Con Asistencia Permanente

​Emergencias, Gasfitería, Electricidad, Cerrajería, Cristalería  como también envío de profesionales para servicios específicos de albañilería, pintura y decoración, entre otros.

COBERTURAS

Incendio, Sismo, caída de rayo y explosión. Humo. Impacto de vehículos motorizados. Desórdenes populares.

Gastos de demolición y remoción de escombros. Gastos de combate de incendio, de permisos para reconstrucción y gastos de vigilancia. Honorarios de los profesionales.

Inundación. Erupción volcánica. Avalancha y aluviones. Salida de mar.

Deterioros en el inmueble y robo de los contenidos. Cobertura para remesa de valores.

En las instalaciones y cobertura para equipos electrónicos fijos. Daños por descomposición de productos en frigoríficos.

Espejos y artefactos sanitarios de loza adheridos al edificio. Se garantiza también la rotura de letreros metacrílicos.

Para los empleados de la empresa con coberturas de fallecimiento e incapacidad permanente por accidentes en el lugar de trabajo y en sus trayectos en (en itinerario).

Servicios de emergencia por cerrajería, electricidad y plomería entre otros. Envío de profesionales. Retorno anticipado por perjuicios graves en el local asegurado.

Este seguro lo puedes contratar  con excelentes estandartes de calidad  y gran atención. En CJW Corredores de Seguros te entregamos una  amplia gama de coberturas, te presentamos algunas de las que podrás tener cuando contrates tu seguro: Talleres especialista en la marca del vehículo, taller técnico,  Asistencia legal,  Asistencia preventiva,  Conductor de reemplazo,  Auto de Reemplazo,  Servicio de reembolso gastos médicos, Asistencia médica,  Asistencia por Avería, Servicio de Reparación In Situ

RESPONSABILIDAD CIVIL 

Además de protegerte ante los eventuales errores y omisiones que puedas cometer al prestar servicios, la cobertura aplica sobre los daños y perjuicios que tu empresa pueda ocasionar a terceros.

Responsabilidad Civil Legal emergente de lesiones o muerte a consecuencia de suministros de alimentos y bebidas proporcionados al interior de los recintos del asegurado que ocasionen lesiones o muerte a terceros, que deberán manifestarse antes de cumplidos los 7 días desde la fecha de entrega del alimento.

El Seguro de RC Patronal es una  póliza que complementa a otros Seguros de Empresas y coberturas de Responsabilidad Civil pensados para empresarios y profesionales. El Seguro de Responsabilidad Civil Patronal cubre la responsabilidad atribuible al empresario o a la empresa ante las reclamaciones por daños personales que pudieran sufrir sus trabajadores en un accidente laboral. Esta reclamación puede ser presentada por el perjudicado cuando sufre lesiones o secuelas como consecuencia del accidente. En caso de muerte, también pueden reclamar a la empresa familiares u otras personas que tengan derecho a ello. Si un trabajador sufre un siniestro laboral y se demuestra que la causa tiene origen en la acción u omisión de la empresa, por ejemplo, en el establecimiento de medidas de seguridad suficientes en el lugar de trabajo, el empleado puede reclamar una indemnización a la empresa por los daños sufridos.

El Seguro de Responsabilidad Civil Patronal cubre estos casos, ya que se asegura un capital que se destinará al pago de las posibles indemnizaciones por daños físicos. Tanto los gastos legales como las indemnizaciones correspondientes quedan cubiertos

Es la responsabilidad civil extracontractual, es decir, aquella que nace de hechos o actos culposos cometidos por el asegurado y no aquella que deriva del mero incumplimiento de un contrato.

Se tendrá, también, por responsabilidad extracontractual la que deriva de hechos ilícitos civiles ejecutados por el asegurado aún cuando esté vinculado con el tercero afectado por un contrato, siempre y cuando dicho hecho ilícito no sea constitutivo, solamente, del mero incumplimiento de una obligación contractual.

La cobertura “cruzada” de los seguros de responsabilidad civil es una garantía normalmente optativa por la que, si se contrata, la compañía puede asumir las reclamaciones ante posibles daños (corporales y materiales) sufridos por parte de los trabajadores de las contratas o subcontratas. Se entiende por garantía cruzada de un seguro de responsabilidad civil la que para el asegurado resulte de daños corporales sufridos por empleados de contratistas y subcontratistas del citado asegurado.